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año:2010
 
proceso:ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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Años (1)
2010
141
Instituciones (84)
ASAMBLEA LEGISLATIVA
12
ASOCIACION DE DESARROLLO DE CAÑAS DULCES DE LIBERIA
1
ASOCIACION INSTITUTO DE AUDITORES INTERNOS DE COSTA RICA
1
ASOCIACION MISIONERA CLUB DE PAZ
1
ASOCIACION PRO HOSPITAL NACIONAL DE NIÑOS
1
ASOCIACION SOLIDARISTA DE EMPLEADOS DE LA MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
1
ASOCIACION SOLIDARISTA DE FUNCIONARIOS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL
1
BANCO DE COSTA RICA
2
BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA (BANHVI)
2
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
2
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
2
CENTRO NACIONAL DE ABASTECIMIENTO Y DISTRIBUCION DE ALIMENTOS
1
COLEGIO DE ABOGADOS DE COSTA RICA
4
COMITE CANTONAL DE DEPORTE Y RECREACION DE BELEN
2
COMITE CANTONAL DE DEPORTE Y RECREACION DE GRECIA
1
COMITE CANTONAL DE DEPORTE Y RECREACION DE SAN JOSE
1
COMITE CANTONAL DE DEPORTE Y RECREACION DE TIBAS
1
CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
1
CONSEJO NACIONAL DE CONCESIONES
1
CONSEJO NACIONAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD (CONAPDIS)
1
CONSEJO NACIONAL DE SUPERVISION DEL SISTEMA FINANCIERO (CONASSIF)
1
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
1
CONSEJO RECTOR SISTEMA DE BANCA PARA EL DESARROLLO
1
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
2
CORREOS DE COSTA RICA S.A.
1
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PODER JUDICIAL
1
DIRECCION REGIONAL DE EDUCACION, PURISCAL.
1
FEDERACION DE MUNICIPALIDADES DE LA REGION SUR DE LA PROVINCIA DE PUNTARENAS (FEDEMSUR)
1
FONDO NACIONAL DE BECAS
1
FUNDACION ADOPTA UN ARBOL (FUNDARBOL)
1
FUNDACION DRA. ANNA GABRIELA ROSS
1
FUNDACION OMAR DENGO
1
HOGAR PARA ANCIANOS ALFREDO Y DELIA GONZALEZ FLORES
1
HOSPITAL DOCTOR CALDERON GUARDIA
1
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS (AYA)
1
INSTITUTO COSTARRICENSE DE TURISMO (ICT)
3
INSTITUTO COSTARRICENSE SOBRE DROGAS
1
INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL (INDER)
1
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICAS Y CENSOS
1
INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACION TECNOLOGICA AGROPECUARIA INTA
1
INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO
1
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA IMPRENTA NACIONAL
4
JUNTA DE EDUCACION DE ESCUELA HEREDIA CENTRO
1
JUNTA DE EDUCACION ESCUELA CENTRAL SAN JOSE , GOLFITO
1
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA Y TELECOMUNICACIONES (MICITT)
1
MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD
1
MINISTERIO DE GOBERNACION Y POLICIA
2
MINISTERIO DE HACIENDA
1
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
1
MUNICIPALIDAD DE ABANGARES
1
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
2
MUNICIPALIDAD DE ALVARADO DE PACAYAS
1
MUNICIPALIDAD DE ATENAS
1
MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
1
MUNICIPALIDAD DE CORREDORES
1
MUNICIPALIDAD DE COTO BRUS
1
MUNICIPALIDAD DE ESCAZU
1
MUNICIPALIDAD DE FLORES
1
MUNICIPALIDAD DE GARABITO
1
MUNICIPALIDAD DE LIBERIA
1
MUNICIPALIDAD DE MORAVIA
1
MUNICIPALIDAD DE MORA
1
MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE
1
MUNICIPALIDAD DE OROTINA
2
MUNICIPALIDAD DE PARRITA
3
MUNICIPALIDAD DE PEREZ ZELEDON
3
MUNICIPALIDAD DE QUEPOS
1
MUNICIPALIDAD DE SAN MATEO
2
MUNICIPALIDAD DE SANTA ANA
4
MUNICIPALIDAD DE SANTA BARBARA DE HEREDIA
2
MUNICIPALIDAD DE SARAPIQUI
1
MUNICIPALIDAD DE TIBAS
2
MUNICIPALIDAD DE VASQUEZ DE CORONADO
2
MUSEO NACIONAL DE COSTA RICA
1
PARTICULAR
17
PATRONATO NACIONAL DE REHABILITACION
1
PODER JUDICIAL
1
PROMOTORA DE COMERCIO EXTERIOR DE COSTA RICA
2
SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO
1
SISTEMA DE EMERGENCIAS 911
1
TEATRO NACIONAL
1
TEATRO POPULAR MELICO SALAZAR
2
UNIVERSIDAD DE COSTA RICA
1
UNIVERSIDAD TECNICA NACIONAL (UTN)
1
DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 10664 02 de noviembre de 2010 DJ-3909-2010 Señor Ignacio Blanco Ugalde Presidente COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES DE GRECIA Estimado señor: Asunto: Se emite criterio en relación con la consulta formulada en punto a si los comités cantonales de deportes y recreación pueden disponer de su presupuesto para financiar equipos de fútbol municipales de segunda división. Damos respuesta a su nota del 27 de setiembre de 2010, mediante la cual consulta si los comités cantonales de deportes y recreación pueden disponer de su presupuesto para financiar equipos de fútbol municipales de segunda división. Sobre el particular, en virtud de nuestra potestad consultiva, consagrada en el artículo 29 de la Ley Orgánica de esta Contraloría General de la República, no. 7428 de 7 de setiembre de 1994, atendemos la presente solicitud de criterio, teniendo en cuenta que su alcance tiene efectos vinculantes en lo que se refiere a la materia objeto de nuestras competencias constitucionales y legales. Así las cosas, a partir de lo anterior esta Contraloría General orienta las acciones que deben atenderse para la resolución de los casos concretos, por ser ello de su competencia. I.- Consideraciones previas: Señala en su gestión que al no quedar satisfechos con el criterio de la asesoría legal, de la Municipalidad de Grecia del 9 de agosto de 2010, consultan si los Comités Cantonales de Deportes y Recreación, en adelante Comités, pueden disponer de su presupuesto para financiar equipos de fútbol municipales de segunda división. El criterio legal que se adjunta indica que según el dictamen C-227-2004 del 23 de setiembre de 2004, el órgano procurador concluyó que los Comités no pueden realizar convenios para invertir sus recursos en asociaciones deportivas del cantón, aunque si pueden girar recursos –previa autorización de la Municipalidad del cantón- a estas asociaciones ...
Fecha publicación: 29/10/2010
Fecha emisión: 26/10/2010
Documento: 10664-2010.pdf
Institución: COMITE CANTONAL DE DEPORTE Y RECREACION DE GRECIA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
Tesauro: Comite Cantonal de Deportes , Donacion


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 10573 01 de noviembre, 2010 DJ-3895-2010 Señora Karolina Rojas Mora Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Tibás Estimada señora: Asunto: Consulta presentada por el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Tibás sobre si debe refrendarse un convenio de administración de instalaciones deportivas y recreativas celebrado entre la Municipalidad con el Comité Cantonal de Deportes; posibilidad de que un administrado pueda exigir copias de documentos que se están llevando motivo de una investigación antes de que se concluya informe final; posibilidad de que un administrado pueda exigir copia de las actas al día siguiente de la sesión del Concejo Municipal o del Comité Cantonal Se refiere este Despacho a su oficio de fecha 24 de setiembre presentado a la Contraloría General el 27 de setiembre, ambas fechas de 2010, mediante el cual se consulta los siguientes aspectos: a) Obligatoriedad de refrendo de un convenio de administración de instalaciones deportivas y recreativas celebrado entre la Municipalidad con el Comité Cantonal de Deportes; b) posibilidad de que un administrado pueda exigir copias de documentos que se están llevando motivo de una investigación antes de que se concluya informe final; c) posibilidad de que un administrado pueda exigir copia de las actas al día siguiente de la sesión del Concejo Municipal o del Comité Cantonal Consideraciones previas. Plantea la consultante las siguientes dudas: a) Obligatoriedad de refrendo de convenios de administración de instalaciones deportivas celeb ...
Fecha publicación: 28/10/2010
Fecha emisión: 25/10/2010
Documento: 10573-2010.pdf
Institución: COMITE CANTONAL DE DEPORTE Y RECREACION DE TIBAS
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 10325 25 de octubre de 2010 DJ-03864-2010 MBA. José Rafael Alvarado Cortés Gerente de Administración y Finanzas CORREOS DE COSTA RICA Fax: 22802392 Estimado señor: Asunto: Se previene presentación de análisis jurídico y requisito de jerarca. Se refiere este Despacho a su oficio número GAF-372-10 recibido en esta Contraloría General el pasado 5 de octubre del año en curso, por el cual se consulta sobre período de cobro de los apartados postales y su tratamiento presupuestario. De primer orden se indica que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República número 7428 del 07 de setiembre del año 1994 y la circular número CO-529, publicada en La Gaceta número 107 del 05 de junio del año 2000, denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, las consultas que se dirijan al órgano contralor deben de cumplir los requisitos establecidos en dicha normativa. Al efecto, en los términos del artículo 3 de la circular de referencia, las consultas que se dirijan a esta Contraloría General deben estar suscritas por el jerarca del ente u órgano respectivo, lo cual debe de atenderse según se indica en la norma indicada 1 . De igual forma en el artículo 4 de la normativa de cita 2 , se requiere la incorporación del respectivo criterio jurídico de la administración consultante, lo cual no se cumple en el presente caso. 1 Establece el artículo 3: “ Toda consulta debe presentarse por escrito, debidamente firmada por el jerarca del ente u órgano consultante, con una detallada explicación sobre los aspectos que ofrecen duda y que originan la gestión. Deberá acompañarse del dictamen de la unidad especializada del órgano o ente consultante, en la materia de que se ...
Fecha publicación: 28/10/2010
Fecha emisión: 25/10/2010
Institución: CORREOS DE COSTA RICA S.A.
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 10253 21 de octubre, 2010 DJ-3860-2010 Señor Rodolfo Jugo Romero Director SISTEMA DE EMERGENCIAS 9-1-1 Fax 2522-2787 Apartado Postal 141-2120, San José Estimado señor: Asunto: Se atiende consulta de la Dirección del Sistema de Emergencias 9-1-1, respecto a su posibilidad de iniciar investigaciones o participar en procedimientos administrativos disciplinarios de sus propios funcionarios con motivo de recomendaciones o conclusiones de la Auditoría Interna. Nos referimos a su oficio n.° 6020-911-DI-01100-2010, del 26 de agosto del 2010, recibido en la Contraloría General de la República el mismo día, mediante el cual solicita que se determine si es posible que la Dirección inicie investigaciones o participe en procedimientos administrativos disciplinarios de sus propios funcionarios con motivo de recomendaciones o conclusiones por parte de la Auditoría Interna. Adicionalmente indica que la Auditoría Interna del Sistema de Emergencias 9-1-1 tiene el criterio de que al tener la Dirección participación en cuanto a los avales de los gastos generados, aquélla debe inhibirse de participar o conducir las investigaciones debiéndose recurrir a otra instancia para que investigue y realice los procedimientos. 2 I. Criterio del Despacho. De conformidad con las competencias contempladas en el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República (ley n.° 7428, del 7 de setiembre de 1994) así como de lo dispuesto en la circular n.° CO-529, publicada en el diario oficial La Gaceta n.° 107, del 5 de junio del año 2000, denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, este Órgano Contralor tiene como límite atender únicamente las gestiones que versen sobre materias propias de las competencias constitucionales y legales que nos fueron otorgadas. De est ...
Fecha publicación: 25/10/2010
Fecha emisión: 21/10/2010
Documento: 10253-2010.pdf
Institución: SISTEMA DE EMERGENCIAS 911
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
Tesauro: Conflicto de Intereses , Deber de Probidad


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 10483 28 de octubre de 2010 DJ-3886 -2010 Señor Pedro Rojas Guzmán Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE SARAPIQUÍ Estimado señor: Asunto: Se atiende consulta planteada por el Alcalde de la Municipalidad de Sarapiquí, sobre reconocimiento de gastos de viaje (viáticos) para funcionarios municipales del cantón. Con la aprobación de la Gerencia de División, se refiere este Despacho a su oficio número DA- 217- 2010, presentado a la Contraloría General de la República el 13 de octubre del año en curso, mediante el cual se consulta sobre reconocimiento de gastos de viaje (viáticos) para funcionarios municipales del cantón de Sarapiquí, que deban salir de gira dentro del mismo cantón, en función de su cargo y si existen algunas excepciones y/o limitaciones territoriales para el reconocimiento de dichos gastos. Con respecto a la solicitud que usted presenta, le indicamos que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República No. 7428 del 07 de setiembre del año 1994, y lo dispuesto en la circular No. CO-529, publicada en La Gaceta No. 107 del 05 de junio del año 2000, denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, la gestión que se nos formula no se ajusta a los términos definidos en la citada circular, específicamente en lo referente a los puntos 2, 3 y 4, toda vez que se trata de una situación concreta que debe resolver la Municipalidad de Sarapiquí a la luz de la normativa vigente. Además la consulta no ofrece una explicación detallada sobre los aspectos que ofrecen duda e igualmente, se omite ajuntar el dictamen de la unidad especializada del consultante, ni tampoco se presenta el criterio jurídico correspondiente. Al efecto, la referida Circular No CO-529, establece lo siguiente: “Toda consulta debe present ...
Fecha publicación: 25/10/2010
Fecha emisión: 22/10/2010
Documento: 10483-2010.pdf
Institución: MUNICIPALIDAD DE SARAPIQUI
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
Tesauro: Ley 3662. Ambito de aplicacion


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 10212 21 de octubre, 2010 DJ-3856-2010 Señora Rebeca Chaves Duarte Secretaria Municipal MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE Estimada señora: Asunto: Se rechaza consulta sobre procedencia de inversión de recursos públicos en instalaciones o proyectos de organizaciones comunales ubicados en terrenos no inscritos. Caso concreto. Se refiere este Despacho a su oficio SCM 19-14-2010, recibido en esta Contraloría General el 30 de agosto último, por el cual se consulta sobre la procedencia de que la municipalidad pueda invertir recursos públicos en proyectos o instalaciones de organizaciones privadas cuyos terrenos se encuentran sin inscribir o están en proceso de información posesoria. Con respecto a la solicitud que usted formula, le indicamos que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República número 7428 del 07 de setiembre del año 1994, y la circular número CO-529, publicada en La Gaceta número 107 del 05 de junio del año 2000, denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, la gestión que se nos formula no se ajusta a los términos de la normativa citada en el sentido que se dirá. Por medio de la vía consultiva esta Contraloría General no está facultada para resolver casos concretos 1 , dado que ello corresponde en estricto sentido al ámbito de responsabilidad de la administración activa. Así la función consultiva se circunscribe a la emisión de criterios de carácter general sobre aspectos técnico-jurídicos y no sobre las gestiones específicas atinentes al ámbito de gestión de la administración consultante. 1 Al respecto señala el artículo segundo de la circular CO-529: “La Contraloría General de la República evacuará las consultas en forma escrita, siempre qu ...
Fecha publicación: 23/10/2010
Fecha emisión: 20/10/2010
Documento: 10212-2010.pdf
Institución: MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio N° 10164 20 de octubre del 2010 DJ-03851-2010 Licencidad Ivonne G. Campos Auditora Interna MUNICIPALIDAD DE VÁZQUEZ DE CORONADO Estimada señora: Asunto: Consultas varias en torno a las disposiciones administrativas que rigen a los funcionarios subordinados de la Auditoría Interna. Se refiere este Despacho a su oficio Nº AU 1001-1234-10 del 23 de agosto del 2010, recibido en esta Contraloría General de la República el 24 de agosto del 2010; en el cual formula, las siguientes preguntas: 1. Los funcionarios que pertenecen a la Auditoría Interna, excepto el Auditor Interno (en este caso las dos asistentes de Auditoría Interna), ¿de quién dependen?, ¿del Concejo Municipal, del Auditor Interno o del Alcalde Municipal?, ¿a cual de ellos le corresponde establecer las regulaciones administrativas para dichos funcionarios? 2. El artículo 27 de la Ley General de Control Interno hace referencia a la asignación de los recursos a la Auditoría Interna, ¿Debe el Auditor Interno incluir en el presupuesto de la auditoría interna únicamente los recursos relacionados con el Auditor Interno o debe incluir todo lo relacionado con la Auditoría Interna incluyendo los salarios de los demás funcionarios de la Auditoría Interna? 3. ¿Debe cumplir la Auditoría Interna con la normativa emitida por la Contraloría General de la República competencia de la Auditoría Interna? 4. ¿Debe la Auditoría Interna atender los asuntos que le traslada la Contraloría General de la República y que se encuentran dentro de sus competencias? I.- Criterio del Despacho De previo a dar respuesta a las inquietudes recién transcritas, en los términos que se dirán más adelante, debe advertirse que el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, aunado a lo establecido en el artículo 29 de nuestra Ley Orgánica (Ley No.7428 del 04 de setiembre de 1994), cuenta con una regulación ...
Fecha publicación: 22/10/2010
Fecha emisión: 19/10/2010
Documento: 10164-2010.pdf
Institución: MUNICIPALIDAD DE VASQUEZ DE CORONADO
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
Tesauro: Organizacion de la Auditoria Interna


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase a la al oficio Nº 10066 15 de octubre de 2010 DJ-3841-2010 Señores Rodrigo Trejos Facio Andrew Paul Vickers Apoderados Generalísimos CENTRO DE NEGOCIOS EL CEDRAL CNEC, SOCIEDAD ANÓNIMA Estimados señores: Asunto: Se atiende consulta de la firma Centro de Negocios el Cedral CNEC, S.A. en relación con el régimen de prohibiciones e incompatibilidades de la Ley de Contratación Administrativa y la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública Damos respuesta a la nota de 14 de setiembre de 2010, mediante la cual nos consulta si la condición de accionista de la empresa Centro de Negocios El Cidral CNEC, S.A. que ostenta la señora Bluma Ginsburg Blacharsyk, madre del señor vicepresidente de la República, señor Luis Liberman Ginsburg, constituye una limitante para arrendar o vender espacios de oficina en el Condominio El Cedral, propiedad de dicha empresa, a entidades del Estado y del Gobierno Central, de conformidad con las disposiciones de la Ley de Contratación Administrativa y la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública. Es pertinente señalar, en primera instancia, que en el ejercicio de la potestad consultiva atribuida a la Contraloría General, y la Circular no. CO-529 sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República (publicada en el diario oficial La Gaceta no. 107 del 5 de junio de 2000), el órgano contralor no tiene por norma referirse a casos y situaciones concretas, sino que en el ejercicio de sus funciones emite criterios generales que deben orientar a las administraciones públicas, órganos consultantes, en la toma de sus decisiones y que resultan vinculantes en lo de su competencia. En consecuencia, procedería el rechazo de plano de su gestión, amén de que tampoco se atienden consultas de particu ...
Fecha publicación: 18/10/2010
Fecha emisión: 15/10/2010
Documento: 10066-2010.pdf
Institución: PARTICULAR
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
Tesauro: Incompatibilidades , Prohibicion de Ejercicio Profesiones Liberales , Pago de Prohibicion al Ejercicio Liberal de la Profesion


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 10063 15 de octubre de 2010 DJ-03840-2010 Señora Karen Arias Hidalgo Secretaria, Concejo Municipal MUNICIPALIDAD DE PÉREZ ZELEDÓN Fax 2771-2105 Apartado Postal 274-8000 Estimada señora: Asunto: Se atiende consulta del Concejo Municipal de la Municipalidad de Pérez Zeledón, a fin de determinar si existe o no incompatibilidad entre el cargo de regidor propietario y el de miembro de la Junta Vial Cantonal en calidad de representante de Asociaciones de Desarrollo Integral del cantón. Nos referimos a su oficio n.° TRA-742-10-SSC, del 19 de agosto del 2010 – recibido en la Contraloría General de la República el día 6 de setiembre siguiente, mediante el cual se nos pone en conocimiento el acuerdo del Concejo Municipal artículo 7), inciso 6) de la sesión ordinaria n.° 016- 10, celebrada el 17 de agosto del año en curso-, el cual literalmente señala: “MOCIÓN PRESENTADA POR LA REGIDORA KEMLY JIMENEZ TABASH, CON DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN, CONSIDERANDO QUE: El OPJ-007-10-PST suscrito por el Licenciado Juan José Mora Cordero, en donde el funcionario externa criterio respecto a posible incompatibilidad de caso de un regidor municipal que también ejerce como miembro de la Junta Vial Cantonal, donde concluye: “Es mi opinión entonces que no existe la incompatibilidad de cargos alegada y que es definitivo que cualquier funcionario que haya sido designado por algún sector comunal para representar sus intereses en el seño (sic) de la JVC, que cumpla los requisitos para ser parte de ese órgano, que además haya resultado electo como miembro del Concejo Municipal, pueda simultáneamente ejercer ambos cargos sin ningún impedimento jurídico”. 2 I. Del criterio legal de la Municipalidad consultante. Con su gestión, la Municipalidad de Pérez Zeledón, adjunta el criterio legal n.° OPJ-007- 10-PST del 6 de mayo del 2010, suscrito por el Lic. Juan ...
Fecha publicación: 18/10/2010
Fecha emisión: 15/10/2010
Documento: 10063-2010.pdf
Institución: MUNICIPALIDAD DE PEREZ ZELEDON
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
Tesauro: Concejo Municipal, Incompatibilidades , Conflicto de Intereses


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 10127 19 de octubre de 2010 DJ-3845-2010 Ingeniero Héctor Monge Montero Director Ejecutivo Dirección Ejecutiva CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL Estimado señor: Asunto: Se emite criterio en relación con la consulta formulada por el Consejo de Seguridad Vial sobre la procedencia de contar con los recursos provenientes de la emisión de licencias para conducir, sus renovaciones o duplicados al ubicarse esos recursos dentro de una ley de la República (presupuesto para el año 2010). Damos respuesta a su oficio no. DE- 2010-2151 de 31 de agosto de 2010, que plantea una vez más de nuevo su petitoria originalmente formulada en el oficio no. 2009-1824 del 7 de setiembre de 2009, y posteriormente planteada de nuevo y resuelta en nuestro oficio no. 00695 del 22 de enero de 2010, sobre la posibilidad de que en el caso del Consejo de Seguridad Vial, en adelante el COSEVI, se pueda dimensionar la aplicación del criterio emitido por este órgano contralor sobre el destino de los fondos recaudados con motivo de la emisión de las licencias de conducir, sus renovaciones o duplicados, de modo que el traslado de los recursos a la Caja única del Estado se realice a partir del segundo semestre del año 2010 con las recaudaciones que se vayan produciendo y de acuerdo con la programación que se estableciese con el Ministerio de Hacienda. Sobre el particular, en virtud de nuestra potestad consultiva, consagrada en el artículo 29 de la Ley Orgánica de esta Contraloría General de la República, no. 7428 de 7 de setiembre de 1994, atendemos la presente solicitud de criterio, teniendo en cuenta que su alcance tiene efectos vinculantes en lo que se refiere a la materia objeto de nuestras competencias constitucionales y legales. Así las cosas, a partir de lo anterior esta Contraloría General orienta las acciones que debe atender la administración activa p ...
Fecha publicación: 18/10/2010
Fecha emisión: 15/10/2010
Documento: 10127-2010.pdf
Institución: CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA SOBRE HACIENDA PUBLICA
Tesauro: Caja Única